lunes, 10 de septiembre de 2018

Bloque 1.3. Define el concepto de romanización y describe los medios empleados para llevarla a cabo



Se entiende por romanización el proceso de implantación en la Península, por parte de Roma, de su sistema institucional, económico y social, así como sus formas culturales. Este proceso, iniciado desde el primer momento de la conquista, fue continuo durante los casi siete siglos que duró el dominio romano, y dejará una profunda huella en la historia de España. Este proceso no fue uniforme en todo el territorio peninsular, y respondió al diferente grado de desarrollo previo de los pueblos prerromanos, siendo más rápido y profundo en la franja mediterránea y muchos menos en la franja cantábrica; en el centro peninsular, aunque la romanización fue lenta, dejará también una huella importante.


El principal factor de romanización fue la creación de una amplia red de ciudades, en torno a las cuales se organizó una administración fuerte y una estructura económica al servicio de la metrópoli. Las ciudades fueron también sede de los más importantes campamentos militares, y estos, fueron en muchos casos el origen de una ciudad (Legio Septima Gemina= León). Las ciudades se convirtieron en el marco básico de la administración pública, englobando, tanto el centro urbano como el entorno rural, donde se situaban las aldeas y explotaciones agrarias.


Dada su importancia Roma les concedió distinto estatus, según su grado de amistad y aceptación del dominio romano:
Ciudades Federadas: aquellas que ya tenían unas relaciones con Roma antes de la invasión. Están libres de impuestos y mantienen su sistema administrativo, al que se superpone el romano (Tarraco).
Ciudades estipendiarías: Deben pagar un impuesto para poder seguir administrándose de forma autónoma, como antes de la conquista.
Colonias: Fundadas por ciudadanos romanos o latinos, muchas de ellas a partir de un campamento militar previo (Híspalis, Itálica, Legio Septima Gemina...)
Municipios: Comunidades indígenas, a las que Roma otorga el Derecho de ciudadanía (romano o latino).

Desde el punto de vista económico, el sistema impuesto a las provincias del imperio es una economía comercial, esclavista y colonial, en la que las provincias aportan materias primas y productos agrarios y la metrópoli productos manufacturados. Salvo determinados productos característicos de alguna provincia, como la famosa cerámica "terra sigilata" producida en Hispania, la artesanía de las ciudades hispanas se dedicará al comercio local.

La agricultura se convirtió en un sector fundamental para Roma, provocando un cambio total en la estructura de la propiedad indígena (en su mayoría comunal). Todas las tierras pasaron a ser ager públicus, es decir, propiedad del Estado romano, quien las arrendaba a miembros de la aristocracia, se las devolvía a sus antiguos dueños o las repartía entre colonos. La producción, dependiendo de la zona, se dedicaba al comercio interior, para abastecer a las ciudades, al pago de tributos en especie a Roma o a la exportación (cereales, vid y olivo). Las minas, trabajadas por esclavos al igual que las tierras, tuvieron una gran importancia. Aunque propiedad del Estado, eran tomadas en arrendamiento por la aristocracia, salvo las de oro y plata que eran explotadas directamente por el Estado romano.
El comercio constituye una actividad básica, para abastecer a las numerosas ciudades y a la propia Roma. En esa actividad resultan fundamentales las vías de comunicación, las calzadas, y, por supuesto, la moneda.

En la estructuración de la sociedad tuvo una importancia fundamental el Derecho Romano (público y privado), única ley en todo el imperio, unifica los territorios, a efectos legales, contribuyendo a la unificación social y cultural. A ello contribuye también la concesión de la ciudadanía. En el año 212 el Emperador Caracalla concede la ciudadanía romana a todo el Imperio, lo que lleva implícito una serie de derechos que podemos dividir tanto de carácter público (derecho a voto, a ocupar cargos públicos, a apelar en juicios), como de carácter privado (derecho de propiedad, y el matrimonio legítimo). Ambos tipos de derecho llevan consigo obligaciones como la de censarse y contribuir a la defensa con las armas. Actualmente el derecho moderno se basa en muchos de los principios del derecho romano.

La forma de organización social reproduce literalmente la estructura social romana, por la que se debilitan o desaparecen las estructuras de la sociedad indígena. Se impone pues, una sociedad jerarquizada y esclavista. La extensión de la vida urbana, el asentamiento de ciudadanos romanos, la inclusión en el ejército de tropas peninsulares y la concesión de la ciudadanía romana a los indígenas, así como las leyes o la religión, contribuyeron a afianzar el proceso de romanización.

Desde el punto de vista cultural, uno de los principales factores de romanización será el latín, que desplazó a las lenguas vernáculas, a la vez que facilitó la aportación literaria hispana a la cultura latina con autores como: Séneca, Lucano, Quintiliano y Marcial.  La religión romana, basada en un politeísmo dentro del cual se incluía la adoración a la figura del Emperador, se mezcla con las creencias y ritos indígenas. Con la llegada del cristianismo se produjo una unificación doctrinal que, a la larga constituyó el germen de la destrucción del sistema de creencias de Roma y de las propias sociedades indígenas peninsulares.

Las grandes obras públicas romanas. así como los edificios levantados para el ocio o los cultos religiosos, pueblan también nuestra geografía, como recuerdo inequívoco de siete siglos de dominio.

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