sábado, 11 de diciembre de 2010

Tema 6. Expansión ultramarina y creación del imperio colonial (S. XVI-XVII)

I.b.La polémica de los "Justos Títulos"

A. Sobre los "justos títulos territoriales". La legitimidad de la soberanía
Las noticias sobre la llegada de Colón a nuevas tierras, y la adscripción que el Papa Alejandro VI hace de las mismas a Castilla, mediante las  "Bulas inter caetera", provocan la reacción de Portugal, y en menor medida, de otras potencias europeas, que no encuentran justificación para que esas tierras sean puestas bajo soberanía de los Reyes Católicos.
El rey de Portugal, Juan II, declaró que los territorios descubiertos por Cristóbal Colón  pertenecían a Portugal, en virtud del "Tratado de Alcaçovas-Toledo". Los reyes de Castilla no estaban de acuerdo puesto que consideraban que las nuevas tierras le pertenecían por formar parte de su área de influencia. Además consideraban que el Tratado de Alcaçovas no decía nada respecto de las tierras occidentales.
Los Reyes Católicos recurrieron al Papa Alejandro VI (un poco tendente a beneficiarles, puesto que era pariente de Fernando), e hicieron valer una serie de argumentos jurídicos, como el mero hecho del descubrimiento, reconocido como un título válido para adquirir territorios. También se aduce la adquisición de los bienes, mediante la ocupación del territorio y la conquista, en virtud de la cual, el vencedor reclama las tierras conquistadas. Posteriormente argumentarán también el principio de "guerra justa", por ser realizada contra infieles. 

Con estos argumentos solicitan la donación de estas tierras por parte del Papa, y éste resuelve a través de las llamadas “bulas alejandrinas” o “bulas inter Caetera”, de 1493:
  • La primera bula estableció el dominio de los Reyes Católicos y sus sucesores y herederos sobre las tierras descubiertas y por descubrir, hacia la India, que no perteneciesen a un príncipe cristiano.
  • En la segunda confirma esta donación y además establece una división del océano, mediante una línea divisoria, que coincide con un meridiano, a 100 leguas(*) al oeste de las Azores y Cabo Verde. El océano quedaba así dividido en dos partes, la occidental para Castilla y la oriental para Portugal.                                     (*) una legua= 5,6 km
    También imponía condiciones, puesto que establecía la obligación de los Reyes Católicos de enviar a sacerdotes a evangelizar a los naturales de las Indias.
    El resto de reinos europeos se limitaron a reconocer en los hechos la política llevada a cabo por el Papa. Un ejemplo de esta actitud, se halló en el Rey Francisco I de Francia, quien no se opuso a la repartición, parece ser que se limitó a decir: “me gustaría ver la cláusula del testamento de Adán que reservó a los reyes españoles la propiedad de Océano.”

    El conflicto, grave en un principio, será resuelto definitivamente con la firma del Tratado de Tordesillas en 1494, en el cual la línea demarcatoria de la Segunda Bula Inter caetera, fue desplazada hasta 370 leguas al Oeste de Cabo Verde, sin hacer referencia a las Azores.




    Así queda repartido el mundo



    B. Sobre los "justos títulos personales". Los derechos de los indígenas

    Pasados unos años del descubrimiento, y resuelta la polémica de los "Justos títulos territoriales", con el Tratado de Tordesillas, se va a plantear una polémica de mucha mayor trascendencia y originalidad. 

    ¿Cuál era la condición jurídica de los naturales de las Indias?

    Durante los primeros años todo parecía ser "miel sobre hojuelas" para los españoles .Los conquistadores campaban a sus anchas, lejos del control de la corona, que tenía francamente difícil hacer cumplir las leyes en unos territorios tan lejanos. 

    Pero un 14 de Diciembre de 1511, a la sazón tercer domingo de adviento, un fraile dominico iba a dinamitar los cimientos, y de paso las conciencias, de la nueva sociedad de las indias. Fué en una pequeña iglesia de Sto. Domingo, en el sermón dominical. Su nombre: Antonio de Montesinos; su sermón este:

    "Esta voz, dijo él, que todos estáis en pecado mortal y en él vivís y morís, por la crueldad y tiranía que usáis con estas inocentes gentes. Decid, ¿con qué derecho y con qué justicia tenéis en tan cruel y horrible servidumbre a estos indios? ¿Con qué autoridad habéis hecho tan detestables guerras a estas gentes que estaban en sus tierras mansas y pacíficas, donde tan infinitas de ellas, con muertes y estragos nunca oídos, habéis consumido? ¿Cómo los tenéis tan opresos y fatigados, sin darles de comer ni curarlos en sus enfermedades, que de los excesivos trabajos que les dais incurren y se os mueren, y por mejor decir, los matáis, por sacar y adquirir oro cada día? ¿Y qué cuidado tenéis de quien los doctrine, y conozcan a su Dios y creador, sean bautizados, oigan misa, guarden las fiestas y domingos? ¿Estos, no son hombres? ¿No tienen almas racionales? ¿No estáis obligados a amarlos como a vosotros mismos? ¿Esto no entendéis? ¿Esto no sentís? ¿Cómo estáis en tanta profundidad de sueño tan letárgico dormidos? Tened por cierto, que en el estado [en] que estáis no os podéis más salvar que los moros o turcos que carecen y no quieren la fe de Jesucristo". 
    Sermón de Antonio de Montesinos  (La Española, 1511)

    Los ecos de este sermón llegaron rápidamente a España, donde Fernando el Católico hizo reunir a teólogos y juristas en la ciudad de Burgos, de allí surgieron las llamadas "Leyes de Burgos" en 1512, en las que se pretendía regular el trato a los indígenes, dejando claro que eran personas y que eran libres, con derecho a tener vivienda y un salario justo por su trabajo. Sin embargo no se renuncia al derecho de conquista y a la obligación de evangelizarlos.

    Para salvaguardar estos derechos se estableció "El Requerimiento", una especie de bando que debía ser leído a los indios (no sabían castellano) cuando se llegaba a un lugar. En él, después de una larga retahíla sobre la justo de la conquista, se conmina a los indios a aceptar la ocupación española, so pena de hacerles la guerra si no aceptan.

    Imaginaos las caritas de los indígenas al oír la perorata, en un idioma ininteligible, aunque  les era traducido. Se cuenta que en una ocasión el jefe (cacique) de turno contestó así a los conquistadores: 
    "...pero en lo que decía que el Papa era señor de todo el universo en lugar de Dios, y que había hecho merced de aquella tierra al rey de Castilla, dijeron que el Papa debiera estar borracho cuando lo hizo, pues daba lo que no era suyo, y que el rey que pedía y tomaba tal merced debía ser algún loco, pues pedía lo que era de otros, y que fuese allá a tomarla, que ellos le pondrían la cabeza en un palo, como tenían otras[...] de enemigos suyos..." (¡genial!)

    Pero las leyes no arreglaron el problema porque la encomienda se demostró como una forma terrible de opresión de los indígenas, quedando a un lado el aspecto evangelizador, solapado por el ansia de enriquecimiento de los colonizadores. España quedaba demasiado lejos y las leyes se cumplían "de aquella manera"...

    Será otro fraile, Fray Bartolomé de las Casas, quien con su informe titulado "Brevísima relación de la destrucción de las Indias", moviese a Carlos I a tomar medidas para resolver la situación. Se convoca una Junta en Valladolid (la primera de las dos que se celebrarán sobre este tema) en la que se redactarán las nuevas leyes, o mejor dicho, Leyes Nuevas, de 1542

    Las Leyes Nuevas de Carlos V

    Estas leyes buscaron hacer ajustes importantes en las colonias americanas a mediados del siglo XVI. Por influencia de las cartas enviadas por Fray Bartolomé de las Casas al rey Carlos y al príncipe Felipe, la Corona produjo una gran reforma legislativa para poner ciertos límites a las irregularidades detectadas en las encomiendas, y al trato vejatorio y opresivo que se ejercía sobre los indígenas.  Carlos I convocó  una Junta en Valladolid, en la que se discutirán los términos de la reforma.



    "Porque nuestro principal intento y voluntad siempre ha sido y será de conservación y aumento de los indios, y que sean instruidos en las cosas de la santa fe católica, y bien tratados como personas libres y vasallos nuestros, como lo son, encargamos y mandamos a nuestro consejo tenga siempre a gran atención y especial cuidado sobre todo en la conservación y buen gobierno y tratamiento de dichos indios [...] ordenamos y mandamos que de aquí en adelante por ninguna causa de guerra ni otra alguna, aunque sea so título de rebelión [...] no se pueda hacer esclavo indio alguno, y queremos sean tratados como vasallos nuestros de la Corona de Castilla, pues lo son."

    Leyes Nuevas, 1542.

    Las leyes introdujeron la figura del Corregidor como nuevo funcionario encargado de la tributación de la población indígena en reemplazo del encomendero. Suprimieron la encomienda pero esto no llegó a llevarse a cabo porque los encomenderos se rebelaron, especialmente los del virreinato del Perú, que eran los que más poder político acumulaban.


    La "controversia de Valladolid"

    El dilema sobre la naturaleza de los indios y la legitimidad de su supeditación a los conquistadores, así como el tratamiento jurídico que se les debía dar, estuvo presente desde el principio en la política de los reyes de España; dejando claro siempre que el objetivo primordial era su evangelización. Isabel la Católica deja claro en su testamento el trato que debe ser dado a los habitantes de las nuevas tierras, a los que considera iguales, y objeto de protección.




    Pero las indias estaban lejos, y los conquistadores demasiado ávidos de poder y riquezas. La situación de abusos y explotación es lo que lleva a Montesinos a leer su famosa homilía, y al regente Fernando el Católico, a la redacción de la Leyes de Burgos y a la instauración de la encomienda. Sin embargo, los abusos continúan y, a pesar de las Leyes Nuevas de 1542, aprobadas en tiempos de Carlos I, la situación, aunque mejora, no se soluciona.




    Los juristas y teólogos de la Esculea de Salamanca también plantean sus tesis al respecto, destacando la doctrina jurídica de Francisco de Vitoria, auténtico creador del derecho internacional moderno.




    El rey Carlos convoca en Valladolid, en 1550,  a teólogos y juristas para que debatan sobre "la verdadera naturaleza de los indios" y sobre lo justo o no de su conquista y supeditación a los colonizadores, y a la propia corona. Los protagonistas principales fueron Fray Bartolomé de las Casas, defensor de los indios, y Juan Ginés de Sepúlveda, quien plantea la inferioridad de los indígenas y la legitimidad de los colonizadores para sojuzgarlos, evangelizarlos y hacerles la guerra.




    La "leyenda negra", que tiene como base fundamental las acusaciones contenidas en la obra de de las Casas, ya citada, fue hábilmente explotada por los enemigos del poderío de España (franceses, ingleses y, sobre todo, los protestantes holandeses), llegando a calar profundamente en toda Europa, incluída España y, por supuesto, en América.
    La Académica de la Historia y de la Lengua, Dña. Carmen Iglesias explica muy bien en el siguiente video lo que considera cierto e incierto en toda esta historia.




    Sin embargo sigue habiendo gente, en España y en América, sobre todo en esta última, que siguen manteniendo una visión distinta y mucho más crítica de lo que supuso la experiencia del descubrimiento, y posterior colonización, manteniendo incluso, la tesis del genocidio.

    En primer  lugar una canción, de El Mago de Oz...




    Después este video"bolivariano" ilustrativo, hecho en la Venezuela de Hugo Chávez




    Como habréis podido concluir, hay opiniones diversas, cosa lógica al tratarse de hechos que han ocurrido hace relativamente poco tiempo (la emancipación de América tuvo lugar en el S. XIX), y que , en muchos casos, son utilizados políticamente, de acuerdo con los intereses de cada uno.

    Hablaremos del asunto en clase y podréis, deberéis, opinar al respecto. Mientras tanto os dejo un interesante y esclarecedor fragmento del discurso de Vargas Llosa, al aceptar el Nobel. Por favor, no os perdáis ni un detalle de lo que dice.








    Ir al epígrafe II

    8 comentarios:

    1. Que morro que le echaban los portugueses jajaja...
      DAA.

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    2. Defendían sus legítimos intereses, y no les faltaba razón en algunos aspectos.

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    3. "Los Reyes Católicos recurrieron al Papa Alejandro VI (un poco tendente a beneficiarlos, puesto que era pariente de Fernando), e hicieron valer los una serie de argumentos jurídicos: " Guadalupe, ¿Puedes explicarme mejor esa frase?

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    4. Los argumentos jurídicos los tienes enumerados después de la frase que citas y de los dos puntos. Se trata de principios de derecho civil e internacional, con los que intentan justificar la apropiación de las nuevas tierras: derecho de descubrimiento, conquista, de ocupación y el concepto de "guerra justa", un tano polémico después.

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    5. Guadalupe, con respecto a "Las Nuevas Leyes de Carlos V", en el título, no es Carlos I ? Saludos :)

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    6. Si,Carlos I de España y V de Alemania. Dos numerales distintos y un solo rey "verdadero"

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    7. Guadalupe, a ver, que me entere, ¿a drive hay que subirlo a mano (que en este caso no lo sabría subir) o quieres decir que después de que nos ocupe unas tres caras a mano lo pasemos a ordenador y lo subamos? Saludos

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