Sobre un país agotado y arrasado por la guerra civil, se
construirá un nuevo estado caracterizado por la centralización absoluta del
poder en la figura del general Franco y por la persecución sistemática de
cualquier oposición. El régimen acabó siendo una dictadura personal
caracterizada por una absoluta concentración de todos los poderes en la figura
de Franco. Éste mantuvo en sus manos todas las fuentes de autoridad: era jefe
del Estado, del gobierno, generalísimo de los ejércitos, jefe del Movimiento Nacional
y del partido único. Además, recibió el título de caudillo.
Se instauró un Estado centralizado, que garantizaba la unidad de
España, imponiendo un orden social inspirado en la doctrina de la iglesia católica
y en el ideario falangista. La fundamentación jurídica de este nuevo Estado se
llevó a cabo mediante la Leyes Fundamentales del reino, conjunto de normas orgánicas
que, a modo de Constitución, regularon todos los aspectos de la vida política
de los españoles.
España se define como una monarquía católica, social y
representativa. Por supuesto que no había rey, pero Franco se reservaba el
derecho a elegirlo, como su sucesor, lo que se hará mediante la aplicación de
la Ley de sucesión a la jefatura del Estado de 1947. El sistema político se define como una democracia orgánica, cuyo sistema de
representación se basaba en tres órganos: la familia, el municipio y el
sindicato; quedando prohibidos todos los partidos políticos y sindicatos que no
fuesen el Movimiento Nacional y el Sindicato vertical. Esta forma de
configuración del Estado, recordaba bastante la configuración del Estado fascista
italiano.
La estructura política respetaba, aparentemente, la división de
poderes, ya que había un ejecutivo, un legislativo y un poder judicial, pero
todos ellos controlados directamente por el Jefe del Estado. Al frente del
poder ejecutivo se encontraba el propio Franco, como jefe de Estado y de Gobierno;
él nombraba y cesaba a los ministros y nombraba a los gobernadores civiles de
las provincias. El poder legislativo, estaba constituido por tres órganos, con
atribuciones meramente deliberativas: el Consejo Nacional del Movimiento, Las
Cortes Españolas y el Consejo del Reino.
El Consejo Nacional del movimiento era el órgano de control ideológico
y político del régimen, formado, en su origen, esencialmente por miembros de la
Falange Española Tradicionalista y de las JONS, y presidido de forma vitalicia
por Franco.
Las Cortes Españolas, simulacro del Parlamento democrático,
estaban constituidas por Procuradores, una parte designados directamente por el
caudillo, otra parte elegidos indirectamente como representantes del tercio
familiar, del tercio del municipio y del tercio del sindicato, y otra parte se
completaba con miembros natos en razón de su cargo.
En cuanto a los derechos de los ciudadanos, el régimen aprobó el
Fuero de los españoles, declaración de derechos y libertades aparentemente
democrática, que se quedaba en nada en la práctica ya que se supeditaba al
cumplimiento de los principios totalitarios del régimen. El derecho al voto
estaba totalmente restringido a la elección de algunos concejales y a la
participación en los referéndums que el caudillo convocaba, es el caso de la
Ley de Sucesión y del la Ley Orgánica del Estado, llevados a cabo bajo un régimen
de falta absoluta de libertades.
Toda esta estructura política se apoyaba en dos pilares
fundamentales: el ejército, controlado por el caudillo, y siempre fiel a su
persona, y la iglesia católica que dotó al régimen de su base moral, en una
confluencia de intereses: la iglesia bendecía al caudillo y lo reconocía como
el salvador de la patria y a cambio imponía su moral en todos los ámbitos de la
sociedad.
En definitiva, el franquismo se organizó con una estructura orgánica
de carácter vertical, bajo el férreo control del dictador, fundamentada en un
principio básico de fidelidad a su persona, que explica en gran parte su larga
duración y la práctica imposibilidad de sobrevivir a su muerte.
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