miércoles, 13 de marzo de 2019

Bloque 11.2. Explica la organización política del Estado franquista


Sobre un país agotado y arrasado por la guerra civil, se construirá un nuevo estado caracterizado por la centralización absoluta del poder en la figura del general Franco y por la persecución sistemática de cualquier oposición. El régimen acabó siendo una dictadura personal caracterizada por una absoluta concentración de todos los poderes en la figura de Franco. Éste mantuvo en sus manos todas las fuentes de autoridad: era jefe del Estado, del gobierno, generalísimo de los ejércitos, jefe del Movimiento Nacional y del partido único. Además, recibió el título de caudillo.
Se instauró un Estado centralizado, que garantizaba la unidad de España, imponiendo un orden social inspirado en la doctrina de la iglesia católica y en el ideario falangista. La fundamentación jurídica de este nuevo Estado se llevó a cabo mediante la Leyes Fundamentales del reino, conjunto de normas orgánicas que, a modo de Constitución, regularon todos los aspectos de la vida política de los españoles.

España se define como una monarquía católica, social y representativa. Por supuesto que no había rey, pero Franco se reservaba el derecho a elegirlo, como su sucesor, lo que se hará mediante la aplicación de la Ley de sucesión a la jefatura del Estado de 1947.  El sistema político se define como una democracia orgánica, cuyo sistema de representación se basaba en tres órganos: la familia, el municipio y el sindicato; quedando prohibidos todos los partidos políticos y sindicatos que no fuesen el Movimiento Nacional y el Sindicato vertical. Esta forma de configuración del Estado, recordaba bastante la configuración del Estado fascista italiano.
La estructura política respetaba, aparentemente, la división de poderes, ya que había un ejecutivo, un legislativo y un poder judicial, pero todos ellos controlados directamente por el Jefe del Estado. Al frente del poder ejecutivo se encontraba el propio Franco, como jefe de Estado y de Gobierno; él nombraba y cesaba a los ministros y nombraba a los gobernadores civiles de las provincias. El poder legislativo, estaba constituido por tres órganos, con atribuciones meramente deliberativas: el Consejo Nacional del Movimiento, Las Cortes Españolas y el Consejo del Reino.
El Consejo Nacional del movimiento era el órgano de control ideológico y político del régimen, formado, en su origen, esencialmente por miembros de la Falange Española Tradicionalista y de las JONS, y presidido de forma vitalicia por Franco.
Las Cortes Españolas, simulacro del Parlamento democrático, estaban constituidas por Procuradores, una parte designados directamente por el caudillo, otra parte elegidos indirectamente como representantes del tercio familiar, del tercio del municipio y del tercio del sindicato, y otra parte se completaba con miembros natos en razón de su cargo.
En cuanto a los derechos de los ciudadanos, el régimen aprobó el Fuero de los españoles, declaración de derechos y libertades aparentemente democrática, que se quedaba en nada en la práctica ya que se supeditaba al cumplimiento de los principios totalitarios del régimen. El derecho al voto estaba totalmente restringido a la elección de algunos concejales y a la participación en los referéndums que el caudillo convocaba, es el caso de la Ley de Sucesión y del la Ley Orgánica del Estado, llevados a cabo bajo un régimen de falta absoluta de libertades.
Toda esta estructura política se apoyaba en dos pilares fundamentales: el ejército, controlado por el caudillo, y siempre fiel a su persona, y la iglesia católica que dotó al régimen de su base moral, en una confluencia de intereses: la iglesia bendecía al caudillo y lo reconocía como el salvador de la patria y a cambio imponía su moral en todos los ámbitos de la sociedad.
En definitiva, el franquismo se organizó con una estructura orgánica de carácter vertical, bajo el férreo control del dictador, fundamentada en un principio básico de fidelidad a su persona, que explica en gran parte su larga duración y la práctica imposibilidad de sobrevivir a su muerte.

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